La causa Mendoza, Beatriz y otros c/ Estado Nacional y otros (Fallos: 331:1622) es el litigio de reforma estructural de mayor envergadura de la historia judicial argentina, y uno de los más paradigmáticos del mundo.
La sentencia definitiva, dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el año 2008 ordenó la recomposición del daño ambiental colectivo causado por décadas de contaminación en la cuenca Matanza-Riachuelo, con impacto directo sobre más de cinco millones de personas. En el año 2012, la Corte dio por concluida la primera etapa de la ejecución del fallo, y encomendó a dos juzgados federales la segunda etapa.
Al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional nº 2 de Morón se le atribuyó la competencia general para compeler a la Administración a llevar adelante todas las acciones positivas necesarias para obtener el saneamiento de la cuenca, la prevención de daños futuros y la mejora de la calidad de vida de sus habitantes. No existen antecedentes en el derecho argentino de la atribución de potestades de naturaleza prospectiva como esta a un tribunal de justicia.
Las principales tareas desempeñadas incluyeron:
- Colaborar en la conducción del proceso deliberativo entre múltiples agentes. Se llevaron a cabo más de mil doscientas audiencias y más de doscientas inspecciones judiciales, organizadas con participación de organismos públicos nacionales, provinciales y municipales (ACUMAR, Estado Nacional, Provincia de Buenos Aires, GCBA), organizaciones de la sociedad civil, la Defensoría del Pueblo de la Nación y el Cuerpo Colegiado al que se le encomendó el impulso de la causa. Durante todo el período de ejercicio del cargo, menos de diez resoluciones fueron objeto de recursos extraordinarios, indicador que da cuenta de la calidad democrática del proceso.
- Gestión de más de mil expedientes activos. El juzgado tramitó simultáneamente más de mil legajos vinculados a los objetivos marco fijados por la Corte, organizados temáticamente (por ejemplo, el expediente principal de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios) y por jurisdicción geográfica (Lanús, Lomas de Zamora, La Matanza, Almirante Brown, Esteban Echeverría, Merlo, Avellaneda, CABA, etc.).
- Elaboración de resoluciones y providencias dirigidas a la mejora y saneamiento ambiental. Redacción de actos jurisdiccionales en áreas técnicas complejas: reconversión industrial y control de efluentes, saneamiento de basurales, limpieza de márgenes del río, expansión de redes de agua potable y saneamiento cloacal, y plan sanitario de emergencia.
- Coordinación de planes de trabajo y sistemas de indicadores. Diseño y supervisión de sistemas de medición de avance para el control de las políticas públicas en ejecución, incluyendo la formulación de planes de trabajo con metas, plazos y mecanismos de rendición de cuentas periódica ante la mesa de deliberación.
- Coordinación interjurisdiccional y articulación con organismos de control. Integración horizontal de actores con diferentes rangos y jurisdicciones —municipios, provincia, CABA, Estado Nacional y ACUMAR— en mesas de deliberación coordinadas por el juzgado.
El cargo exigió el desarrollo de competencias de gestión judicial propias de la función administrativa: planificación estratégica, coordinación interinstitucional, manejo de procesos complejos y toma de decisiones en contextos de alta incertidumbre técnica. El modelo de ejecución desarrollado por el juzgado fue reconocido por expertos internacionales como una de las experiencias más innovadoras en materia de litigio de interés público a nivel mundial.